El mundo de las adquisiciones. Compra y Venta de una Empresa PYME

El mundo de las adquisiciones corporativas tiene glamour, es muy “sexy” estar involucrado en “Mergers & Acquisitions”. Aunque vender sea un fracaso es más bien un mito o “de malas lenguas”.

A nivel conceptual la motivación principal para transar una empresa, independiente de su tamaño, es lograr un valor superior que la suma de los valores individuales de la empresa vendida y de la compradora. En estricto sentido teórico, un negocio debiera venderse cuando vale más bajo el techo de otro controlador.

En las de Venta Empresa Pymes

Hay resistencia de vender la empresa Pyme, es como una hija o hijo para muchos empresarios. Está en juego el prestigio, legado, estilo de vida y entorno social de la familia. Por el lado técnico, es complicado valorizar, poner un precio, a una compañía cuyo desempeño y éxito muchas veces depende de pocas personas, usualmente el, o los socios y unos cuantos «leales».

Observamos que las firmas familiares cambian de dueño cuando se dan uno de dos escenarios. El primero es cuando se llega al límite de expansión. No seguir creciendo es un problema cuando se actúa en un sector donde el tamaño importa, por economías de escala, por ejemplo, y los competidores continúan expandiéndose.

Razones familiares, siendo la (falta de) sucesión y las fricciones intra-familiares (o entre socios) las más comunes, también pueden impulsar al accionista controlador hacia la opción de vender.

Para la Compra y Venta de las Pymes

La compra-venta se justifica cuando el valor conjunto es mayor que él por separado. ¿Quién se queda con, o como se reparte, este «premio»? ¿El comprador (vía un futuro aumento de ingresos y/o la reducción de gastos) o el vendedor (vía «buen» precio)? Los estudios académicos revelan que tiende a ser el vendedor, especialmente cuando hay varios compradores potenciales. Eso de ser triunfador cuando compras y perdedor cuando vendes, no es necesariamente tan así.

De todas maneras es un tema trascendente y delicado. Se mezclan emociones, criterios estratégicos, conceptos financieras y las actitudes hacia los riesgos futuros. Un vector orientador es hacerse la siguiente pregunta: ¿Que es mejor para la empresa y sus múltiples stakeholders?

Harald Ruckle

Chartered Director del Institute of Directors UK


Fuente: www.estrategia.cl

La “Ley de pago a 30 días” que busca dar certezas a las Pymes

Esta nueva normativa beneficia directamente a las pequeñas y medianas empresas de Chile, las cuales representan el 20% de las ventas y generan el 60% de los empleos.

La ley 20.416, más conocida como la «Ley de pago a 30 días», fue promulgada el 3 de enero de este año. Su principal objetivo es darles mayores certezas a las pymes, respecto a las fechas de pago, las cuales a veces se extendían por 60 o incluso hasta 120 días.

Esta nueva legislación incorpora beneficios muy importantes para las pequeñas y medianas empresas. Además de las fechas de pago señaladas, se definieron los conceptos de morosidad y plazo de pago, por ejemplo.

También se regularizaron las relaciones comerciales entre particulares (empresas) y el Estado, contratistas principales, sus proveedores y subcontratistas, excluyendo de estos, aquellos pagos que intervengan consumidores quedando nulo cualquier acuerdo o cláusula que difiera del plazo establecido por Ley.

Además, respecto a los incumplimientos del pago de indemnizaciones, la nueva legislación señala que el monto a pagar será cuantificado considerando los perjuicios tenidos, aplicando los principios de transparencia y proporcionalidad respecto a la deuda principal. Inclusive, el incumplimiento sistemático de los plazos dispuestos en la ley es considerada como una práctica de competencia desleal.

En este contexto, Cifneg Consultores cuenta con un departamento de abogados especializados y actualizados en las últimas modificaciones de las leyes relativas a las Pymes, así de esta forma entregar una asesoría integral y aplicar la implementación correcta y necesaria en lo que sea requerido por sus clientes.

La “Ley de pago a 30 días” que busca dar certezas a las pymes

La “Ley de pago a 30 días” que busca dar certezas a las pymes

Esta nueva normativa beneficia directamente a las pequeñas y medianas empresas de Chile, las cuales representan el 20% de las ventas y generan el 60% de los empleos.

La ley 20.416, más conocida como la «Ley de pago a 30 días», fue promulgada el 3 de enero de este año. Su principal objetivo es darles mayores certezas a las pymes, respecto a las fechas de pago, las cuales a veces se extendían por 60 o incluso hasta 120 días.

Esta nueva legislación incorpora beneficios muy importantes para las pequeñas y medianas empresas. Además de las fechas de pago señaladas, se definieron los conceptos de morosidad y plazo de pago, por ejemplo.

También se regularizaron las relaciones comerciales entre particulares (empresas) y el Estado, contratistas principales, sus proveedores y subcontratistas, excluyendo de estos, aquellos pagos que intervengan consumidores quedando nulo cualquier acuerdo o cláusula que difiera del plazo establecido por Ley.

Además, respecto a los incumplimientos del pago de indemnizaciones, la nueva legislación señala que el monto a pagar será cuantificado considerando los perjuicios tenidos, aplicando los principios de transparencia y proporcionalidad respecto a la deuda principal. Inclusive, el incumplimiento sistemático de los plazos dispuestos en la ley es considerada como una práctica de competencia desleal.

En este contexto, Cifneg Consultores cuenta con un departamento de abogados especializados y actualizados en las últimas modificaciones de las leyes relativas a las Pymes, así de esta forma entregar una asesoría integral y aplicar la implementación correcta y necesaria en lo que sea requerido por sus clientes.

133 mil contribuyentes condonaron sus multas e intereses

Este primer semestre se condonaron multas e interés por infracciones tributarias o diferencias de impuestos no declarados de alrededor de 133 mil contribuyentes, lo cual asciende a un monto de 53 millones de pesos, a una tasa promedio de condonación de 76.2%.

Un 48.9% de los beneficiarios son microempresas, un 36.3% pymes, un 11 % personas y un 3,8% grandes empresas.

Estas condiciones se avalan en la Circular 50 de 2016, la cual en razón de sus principios los contribuyentes tienen el derecho legal de condonar sus intereses y multas, y el concederlo es facultad de los directores regionales, de grandes contribuyentes o del subdirector de fiscalización que corresponda.

Las condonaciones del primer semestre significaron ingresos al fisco por más de $191.024 millones.

 

CUADRO ESTADÍSTICAS DE CONDONACIONES ENERO-JUNIO 2018

Segmento Contribuyentes Condonación Total Pagado
Personas 14.591 $              2.651 $           12.303
Micro Empresas 65.115 $             5.090 $           22.330
Pequeñas Empresas 39.324 $               7.239 $           44.177
Medianas Empresas 9.008 $               5.919 $           28.255
Grandes Empresas 5.086 $             32.405 $           83.959
Totales 133.124 $             53.304 $         191.024

Conapyme pidió cláusula Pyme en proyecto de reforma tributaria

La Confederación Nacional de Micro, Peuqeña y Mediana Empresa de Chile (Conapyme) busca recuperar el régimen simplificado del 14 Ter. Además, busca que se incorpore a la Cláusula Pyme en el proyecto de Modernización Tributaria. Actualmente, funciona bajo el régimen de contabilidad completa que esta norma establece como régimen único. El proyecto presentado, cambia este sistema de tributación a uno de renta efectiva en base a contabilidad completa.

El articulado que se analiza en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, considera algunas excepciones para empresas que cuentan con ingresos por hasta 10.000 UF. Les ofrece la posibilidad de optar por una propuesta de declaración del Servicio de Impuestos Internos (SII), cuando éste cuente con información comparativa suficiente y cuya tasa imponible no corresponda a cada contribuyente, sino que sea el promedio simple de los rangos de utilidad tributaria de cada industria o negocio.

Esta opción liberará a las pymes de su obligación de llevar contabilidad. El SII les realizará una propuesta con los datos de cada contribuyente que éste puede aceptar, complementar o modificar. «En caso de conflicto entre el contribuyente y el SII, en la propuesta del Servicio basada en datos particulares, el contribuyente pyme no tendrá otra opción de defensa que llevar contabilidad completa, lo que es un detrimento en relación con régimen de renta simplificado», indica un documento de análisis comparado que realizó el abogado tributario, Carlos Boada.

Por esta razón, la Conapyme solicitó al ministro de Hacienda, Felipe Larraín una reunión para conversar acerca de las medidas tributarias que afectan a los microempresarios.