SERNAC modifica la ley de Protección al Consumidor


El 13 de septiembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, a la Ley N° 19.496 sobre protección de los Derechos del Consumidor.

La modificación tiene como objetivo defender los derechos de los consumidores: La ley entrega al SERNAC mayores facultades para fiscalizar, beneficiando al consumidor para que ejerza mejor sus derechos.

  •  La ley respecto de plazo prescripción, aumenta a 6 meses para efectuar una reclamación por infracciones de la citada ley hasta 2 años. Se establece que el nuevo plazo se cuenta desde que cesó la infracción.
  • La ley, aumenta los montos de las multas por sanción general, pasando del tope de 50 UTM a 300 UTM. Esto establece un sistema de agravantes y atenuantes cuando se compute la multa a pagar, estableciendo con esto una fórmula de cálculo de la misma.
  • En cuanto a las acciones colectivas, se eliminó el trámite de admisibilidad, se incorporan medidas precautorias, y el consumidor podrá declarar como testigo sin que le afecte la imparcialidad, y se establece la procedencia del daño moral en materia de indemnizatoria.

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[SERNAC]

Chile impulsa ley de seguridad financiera tras otro ataque cibernético a banco nacional

El Gobierno está por ingresar al Congreso una ley de ciberseguridad financiera.

El ministro de Hacienda, Felipe Larraín, informó, “Estamos trabajando para ingresar una nueva iniciativa de ciberseguridad este año”.

En Marzo se detectó en Chile un ataque informático que afectó a los clientes de Banco Santander, particularmente del sector “empresas”, el que fue detectado por la entidad y no produjo transacciones fraudulentas.

Situaciones similares sí afectaron a algunos bancos chilenos durante el año pasado, por lo que el Gobierno decidió un proyecto de ley sobre ciberseguridad financiera.

En Mayo de 2018, Banco de Chile sufrió un robo de 10 millones de dólares, además de datos personales de sus clientes.

Fuente:

[Sputnik Mundo]

SII Implementa un nuevo Administrador de Contenido de Jurisprudencia


El Servicio de Impuestos Internos, en su búsqueda por entregar mejores servicios a los contribuyentes y a la comunidad, incorporó en su Sitio Web un nuevo Administrador de Contenido Jurisprudencia (ACJ), que contiene fallos de Tribunales y Aduaneros, Cortes de Apelaciones, y Tribunal Constitucional y Corte Suprema.

La iniciativa actual exige que la Administración del Estado tenga mayores estándares de eficiencia, eficacia y transparencia. El SII ha desarrollado acciones, iniciar con la modernización de la administración pública, la Declaración de Impuesto a la Renta en Internet, Factura Electrónica y la propuesta de Declaración de Impuesto a las Ventas y Servicios.

Este nuevo Administrador presenta mejoras en su diseño, cambios en las gráficas del sistema, una nueva función denominada “Explorador”, que permite al usuario que no esté familiarizado con la normativa tributaría navegar con la jurisprudencia asociada a cada cuerpo normativo.

Entre las ventajas de esta herramienta, se destaca la opción de descargar en formato Excel el resultado de la búsqueda, permitiendo borrar la información, aplicar filtros de la aplicación. Además, se puede descargar una ficha en formato PDF con la información generada, llevando un registro de la jurisprudencia seleccionada por el usuario.

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[SII.cl]

La “Ley de pago a 30 días” que busca dar certezas a las pymes

La “Ley de pago a 30 días” que busca dar certezas a las pymes

Esta nueva normativa beneficia directamente a las pequeñas y medianas empresas de Chile, las cuales representan el 20% de las ventas y generan el 60% de los empleos.

La ley 20.416, más conocida como la «Ley de pago a 30 días», fue promulgada el 3 de enero de este año. Su principal objetivo es darles mayores certezas a las pymes, respecto a las fechas de pago, las cuales a veces se extendían por 60 o incluso hasta 120 días.

Esta nueva legislación incorpora beneficios muy importantes para las pequeñas y medianas empresas. Además de las fechas de pago señaladas, se definieron los conceptos de morosidad y plazo de pago, por ejemplo.

También se regularizaron las relaciones comerciales entre particulares (empresas) y el Estado, contratistas principales, sus proveedores y subcontratistas, excluyendo de estos, aquellos pagos que intervengan consumidores quedando nulo cualquier acuerdo o cláusula que difiera del plazo establecido por Ley.

Además, respecto a los incumplimientos del pago de indemnizaciones, la nueva legislación señala que el monto a pagar será cuantificado considerando los perjuicios tenidos, aplicando los principios de transparencia y proporcionalidad respecto a la deuda principal. Inclusive, el incumplimiento sistemático de los plazos dispuestos en la ley es considerada como una práctica de competencia desleal.

En este contexto, Cifneg Consultores cuenta con un departamento de abogados especializados y actualizados en las últimas modificaciones de las leyes relativas a las Pymes, así de esta forma entregar una asesoría integral y aplicar la implementación correcta y necesaria en lo que sea requerido por sus clientes.

Legislación por privacidad en redes sociales cada vez más estricta

Legislación por privacidad en redes sociales cada vez más estricta

En Chile, la Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó eliminar comentarios de Facebook. Además, se multó a una empresa alemana por no cumplir con el reglamento de protección de datos de sus usuarios.

A principios de diciembre se dio a conocer la primera gran multa por incumplir el GDPR (Reglamento General de Protección de Datos), a una compañía de mensajería alemana por filtrar datos de contacto de sus usuarios de internet.

Cerca de 20.000 euros deberá pagar la empresa Knuddels por filtrar más de 808.000 direcciones de correo electrónico y más de 1,8 millones de nombres de usuario y contraseñas. En julio de 2018, la plataforma de chat de Knuddels sufrió una violación de datos y los datos robados de sus servidores fueron publicados abiertamente.

Por su parte, Chile no se queda atrás son la regularización de las redes sociales y la privacidad de sus usuarios. Pues, a principios de mes, la Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó eliminar de Facebook una serie de comentarios que acusan de estafa a recurrentes por venta, construcción e instalación de casas y cabañas prefabricadas en las localidades de Villarrica, Pucón y Licán Ray.

En fallo unánime (causa rol 18.676-2018), la Tercera Sala del máximo tribunal estableció que la publicación en la red social afecta el derecho a la honra y a la propia imagen de la parte recurrente.

«Se ha acreditado la publicación a través de internet en un perfil de acceso público de la Red Social Facebook, bajo la referencia «Estafadores!!!», de una fotografía de la recurrente (…), obtenida sin su consentimiento, que puede ser observada por todo aquel que acceda al sitio donde permanece exhibida, lo que importa una perturbación del derecho a la honra de la mencionada recurrente, consagrado en el número 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República; prerrogativa que está incluida dentro de la enumeración que realiza el artículo 20 del Estatuto Fundamental y que obedece a una conducta que, en un contexto de divergencias sobre la ejecución de obligaciones contractuales, establece una posición sensiblemente menoscabada de una de las partes, en desmedro de la elucidación de la disputa a través de los medios que ofrece el orden jurídico», explica el fallo.

Y finalmente agrega que «por las razones precedentemente expuestas, queda de manifiesto que las acciones establecidas en estos antecedentes son arbitrarias y constituyen una lesión de la garantía contemplada en el numeral 4° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, esto es, el respeto y protección a la honra de los recurrentes, lo que basta para concluir que la acción intentada debe ser acogida».

Ante el auge de las redes sociales y la delgada línea de privacidad que se genera entre los usuarios de estas plataformas y los posibles conflictos que se pueden provocar a partir de ello, es que Cifneg Ltda. cuenta con abogados, totalmente capacitados para defender a cualquier ciudadano que sea vulnerado en sus derechos y atender este tipo de juicios.


Conapyme pidió cláusula Pyme en proyecto de reforma tributaria

La Confederación Nacional de Micro, Peuqeña y Mediana Empresa de Chile (Conapyme) busca recuperar el régimen simplificado del 14 Ter. Además, busca que se incorpore a la Cláusula Pyme en el proyecto de Modernización Tributaria. Actualmente, funciona bajo el régimen de contabilidad completa que esta norma establece como régimen único. El proyecto presentado, cambia este sistema de tributación a uno de renta efectiva en base a contabilidad completa.

El articulado que se analiza en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, considera algunas excepciones para empresas que cuentan con ingresos por hasta 10.000 UF. Les ofrece la posibilidad de optar por una propuesta de declaración del Servicio de Impuestos Internos (SII), cuando éste cuente con información comparativa suficiente y cuya tasa imponible no corresponda a cada contribuyente, sino que sea el promedio simple de los rangos de utilidad tributaria de cada industria o negocio.

Esta opción liberará a las pymes de su obligación de llevar contabilidad. El SII les realizará una propuesta con los datos de cada contribuyente que éste puede aceptar, complementar o modificar. «En caso de conflicto entre el contribuyente y el SII, en la propuesta del Servicio basada en datos particulares, el contribuyente pyme no tendrá otra opción de defensa que llevar contabilidad completa, lo que es un detrimento en relación con régimen de renta simplificado», indica un documento de análisis comparado que realizó el abogado tributario, Carlos Boada.

Por esta razón, la Conapyme solicitó al ministro de Hacienda, Felipe Larraín una reunión para conversar acerca de las medidas tributarias que afectan a los microempresarios.

Sernac podrá preparar dictámenes de futuras leyes de protección al consumidor

El 13 de septiembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.081, sobre protección de los derechos de los consumidores. Este cambio fortalece el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y entrará en vigencia el 13 de marzo de 2019.

Esta ley otorga al Sernac el beneficio de fiscalizar, interpretar y recomendar a empresas y similares. Así, incide en el desarrollo de nuevos dictámenes y asesora a los diversos entes gubernamentales en la modernización de los deberes y derechos que regirán las regularizaciones para los consumidores.

Al momento de fiscalizar, podrá asegurarse de supervisar al órgano administrativo para que cumpla con las leyes. Asimismo, crear un plan de organización público para que los proveedores puedan seguir los pasos a cumplir.

El Sernac interpreta la información, por medio de la subdirección respectiva. Con ello podrá establecer los parámetros que ejecutarán los proveedores al momento de realizar el plan de organización.

Al recomendar, el Sernac podrá proponer la modificación, creación o derogación de distintos reglamentos relacionados a la Ley de Derechos del Consumidor. La norma entrará en vigencia seis meses después de su publicación en el Diario Oficial, o sea el 13 de marzo de 2019.

Otros aspectos que se modificarán

También aumenta de manera significativa las multas contempladas por infracción a la ley sobre protección a los derechos de los consumidores. Por ejemplo, respecto a publicidad engañosa, puede llegar hasta 1.500 UTM y en caso de afectación de la salud, seguridad o medio ambiente, hasta 2.250 UTM.

Otro aspecto es el fortalecimiento de las Asociaciones de Consumidores. Estas podrán representar a los consumidores en procedimientos individuales y ser denunciantes en los procedimientos colectivos voluntarios que se lleven ante el Sernac.

En las demandas colectivas el juez podrá invertir la carga de la prueba a las empresas que no entregan antecedentes claves en el juicio. Además, las indemnizaciones a los consumidores podrán aumentar en un 25% cuando existan agravantes de la ley.