Corte Suprema aclara controversia entre contribuyentes y el SII


Por medio de una sentencia, la Suprema esclareció algunos puntos disidentes que existían respecto a la obligatoriedad y justificación de gastos realizados por las empresas.  

Actualmente hay una importante controversia entre los asesores-contribuyentes y el Servicio de Impuestos Internos (SII), en cuanto a la obligatoriedad y justificación de los gastos de una empresa, y que el Servicio ha rechazado muchos de estos. Con lo cual, obliga al contribuyente a defenderse en los tribunales tributarios.

Ante esta situación, la Corte Suprema, con fecha 13 de Noviembre de 2018, dictó sentencia en causa Rol 5986-2017, la cual tiene como propósito esclarecer algunos principios de aceptación de los gastos.

De este modo, se señaló que los gastos necesarios son aquellos que se relacionan directamente con el ejercicio o giro de la sociedad, que sean necesarios para producir la renta y que tengan el carácter de inevitables y obligatorios.

Asimismo, la Suprema indicó que para poder deducir como gasto necesario lo que se paga a los directores de una sociedad en calidad de dieta se debe acreditar la función o gestión que concreta necesaria para producir ingresos a la compañía.

La naturaleza de gastos “necesarios”, alude a que son aquellos desembolsos donde inevitablemente ha debido incurrir el contribuyente para generar la renta líquida imponible que se pretende determinar. Atendiendo a estos conceptos, el gasto debe justificarse fehacientemente ante el ente fiscalizador y debe ser necesariamente conforme a la ley. Pues, sólo así se puede considerar en la determinación de la base imponible para el cálculo del impuesto a la renta.

En la misma línea, la sentencia añade que pesa sobre el contribuyente la carga de justificar la pertinencia de sus pretensiones, en conformidad al artículo 21 del Código Tributario y si el SII ejerció sus facultades fiscalizadoras, condiciones en las que la compañía debía acreditar en las instancias administrativa y judicial los requisitos de procedencia exigibles a todo gasto, en especial su existencia y pertinencia.

Ante este panorama, Cifneg Ltda. cuenta con los profesionales idóneos para realizar asesorías tributarias, financieras y legales ante cualquier problema que pudiera surgir por parte de los contribuyentes frente al Servicio de Impuestos Internos.

133 mil contribuyentes condonaron sus multas e intereses

Este primer semestre se condonaron multas e interés por infracciones tributarias o diferencias de impuestos no declarados de alrededor de 133 mil contribuyentes, lo cual asciende a un monto de 53 millones de pesos, a una tasa promedio de condonación de 76.2%.

Un 48.9% de los beneficiarios son microempresas, un 36.3% pymes, un 11 % personas y un 3,8% grandes empresas.

Estas condiciones se avalan en la Circular 50 de 2016, la cual en razón de sus principios los contribuyentes tienen el derecho legal de condonar sus intereses y multas, y el concederlo es facultad de los directores regionales, de grandes contribuyentes o del subdirector de fiscalización que corresponda.

Las condonaciones del primer semestre significaron ingresos al fisco por más de $191.024 millones.

 

CUADRO ESTADÍSTICAS DE CONDONACIONES ENERO-JUNIO 2018

Segmento Contribuyentes Condonación Total Pagado
Personas 14.591 $              2.651 $           12.303
Micro Empresas 65.115 $             5.090 $           22.330
Pequeñas Empresas 39.324 $               7.239 $           44.177
Medianas Empresas 9.008 $               5.919 $           28.255
Grandes Empresas 5.086 $             32.405 $           83.959
Totales 133.124 $             53.304 $         191.024

Iván Cifuentes: «El nuevo proyecto tributario beneficiaría a empresas de cualquier tamaño y a personas naturales»

A lo largo de los procesos de gestión empresarial se llega un punto en que la optimización de la carga impositiva es un imperativo para la administración de la empresa y la rentabilidad del negocio. Además, no solo es importante conocer las sanciones sino cuándo se producen. 

Al respecto, Iván Cifuentes Concha, perito judicial tributario y socio de Cifneg Consultores Ltda. (www.cifneg.cl), en entrevista con Economía y Negocios de El Mercurio online, enfatizó que «todos estamos involucrados en estos cambios del sistema tributario. Por lo tanto, es indispensable adecuar las labores contables, tributarias y financieras para estar acorde a los requerimientos exigidos». También recordó «que cada declaración efectuada por un contribuyente tiene el carácter de declaración jurada, por ello hay que tener presente su connotación y efecto».

Si una empresa no cumple ¿cuáles son los riesgos?

Se expone a sanciones establecidas en el Código Tributario, las que se aplican para la empresa y sus representantes, incluso para los accionistas y/o socios. Las penas son las mismas para grandes, medianas y pequeñas empresas.

La nueva ley tributaria, ¿cómo podría beneficiar a una empresa?

En Cifneg creemos que este proyecto beneficiaría a empresas de cualquier tamaño y a las personas naturales. Por eso los contribuyentes deben organizar sus procesos para dar cumplimiento a ella. Puede ser generando departamentos de contraloría tributaria internos o externalizando estos servicios con profesionales de experiencia comprobada en el mercado.

La migración total a la era digital de los procesos contables y tributarios, ¿para quiénes será un beneficio?

Para el contribuyente final, quien muchas veces confía en su contador y cree estar al día, en circunstancias, que puede estar lleno de contingencias. Esto obligará a los contribuyentes a darle más importancia a la contabilidad como una herramienta clave para la toma de decisiones. Así también, el SII debiera ver beneficiada su actividad fiscalizadora, razón por la cual contar con profesionales de experiencia en materias contables, de auditoria y tributaria, será vital para afrontar el número de futuras fiscalizaciones.

¿Cómo Cifneg apoya a sus clientes ante las modificaciones tributarias que se vienen?

Por más de 18 años hemos entregado un trabajo serio, profesional y dedicado. Mantenemos una comunicación fluida con los clientes, para buscar mejores soluciones y gestión de sus asuntos. Nuestro equipo multidisciplinario lleva meses capacitándose en esta normativa regulatoria y revisando los entes emisores involucrados en ella. Acompañamos a las empresas y personas naturales en todas las etapas, defendiéndolos en instancias administrativas o judiciales; además de interactuar por ellos ante el organismo rector (SII), en la interpretación tributaria.

¿Cómo se verá implicado en la reforma un ciudadano común o una Pyme?

Existen importantes incentivos. Por ejemplo, los destinados al fortalecimiento de los derechos del contribuyente, otros para la construcción, cuyo beneficiario final debiese ser el ciudadano. En el caso de las Pymes también tiene contemplados algunos puntos que las benefician directamente.

Revisa la entrevista completa aquí.