¿Quién, cómo y cuándo debe realizar la solicitud de pago? El empleador debe realizar la solicitud online en www.afc.cl, en la sección que estará disponible desde el 15 de abril. Por ahora, no necesita obtener ninguna clave, pronto le informaremos cómo ingresar. La solicitud de pago la debe tramitar el empleador de manera online. Por ahora no necesita ninguna clave, pronto le informaremos cómo ingresar. • El trabajados NO participa en la tramitación. • Desde el 8 de abril el empleador podrá iniciar el proceso en esta página web.
¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador para acceder al pago? El trabajador afiliado al Seguro de Cesantía debe contar con: • 3 cotizaciones continuas con el mismo empleador registradas en el Seguro de Cesantía en los últimos 3 meses inmediatamente anteriores al acto de autoridad (cuarentena); o • Mínimo 6 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos 12 meses, siempre que registren al menos las últimas 2 cotizaciones con el mismo empleador en los 2 meses inmediatamente anteriores al acto de autoridad (cuarentena).
¿Cuáles son las obligaciones del empleador mientras esté vigente el pacto? El empleador deberá continuar pagando las cotizaciones previsionales y de seguridad social del trabajador, tanto las de su cargo como las del trabajador, con excepción de las cotizaciones del seguro social de accidente del trabajo y enfermedad profesionales.
¿Cuánto será el pago que recibirá el trabajador? Una vez que el empleador solicita el pago, el trabajador recibirá un pago mensual que corresponderá a un porcentaje de su sueldo. El dinero se obtendrá de su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y, si se acaba, del Fondo de Cesantía Solidario (FCS). Le recordamos que el FCS cuenta con un tope máximo y mínimo para cada mes, como se expuso anteriormente.