La implementación del pago electrónico del impuesto asociado a los escritos de suspensión y recusación que se debe presentar ante las Cortes de Apelaciones y la Suprema, comenzó a regir el martes 22 de enero.
Esta iniciativa, que involucra al Poder Judicial junto a la Tesorería General de la República, facilita el acceso a la justicia y los trámites vinculada al pago de las estampillas ya señaladas. Puesto que se elimina la necesidad de usar las clásicas estampillas en formato papel.
Por tanto, los abogados y ciudadanos que necesiten realizar el trámite deberán acceder a la Oficina Judicial Virtual (OJV) o a través del portal del Poder Judicial con clave única.
Una vez que entren a la web, deben acceder al menú «Impuestos Suspensión» para cargar la cantidad de saldo que desee, de forma anticipada. De esta manera, se genera un saldo a favor en impuesto, del cual será descontado el monto específico que corresponda al escrito que se presente en la OJV.
El trámite, que igualmente se puede realizar en el sitio web de la Tesorería General es similar a cuando se paga cualquier trámite vía internet.
Ingreso de escrito
Cuando el abogado desea ingresar la suspensión o recusación, aparecerán los campos a llenar. Luego, cuando se selecciona «Enviar Poder Judicial», aparecerá una ventana con información sobre el tipo de escrito, saldo disponible en su cuenta y valor del impuesto.
Si el escrito requiere el pago del impuesto específico, deberá seleccionar la compra a la que desea asociarlo y el sistema descontará automáticamente el valor del impuesto hasta completar el valor total del escrito.
Los plazos
En cuanto a los plazos, la iniciativa comenzó el martes 22 de enero. Asimismo, se destaca que los usuarios que ya habían comprado estampillas físicas, las pueden utilizar sin problemas.