Conapyme pidió cláusula Pyme en proyecto de reforma tributaria

La Confederación Nacional de Micro, Peuqeña y Mediana Empresa de Chile (Conapyme) busca recuperar el régimen simplificado del 14 Ter. Además, busca que se incorpore a la Cláusula Pyme en el proyecto de Modernización Tributaria. Actualmente, funciona bajo el régimen de contabilidad completa que esta norma establece como régimen único. El proyecto presentado, cambia este sistema de tributación a uno de renta efectiva en base a contabilidad completa.

El articulado que se analiza en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, considera algunas excepciones para empresas que cuentan con ingresos por hasta 10.000 UF. Les ofrece la posibilidad de optar por una propuesta de declaración del Servicio de Impuestos Internos (SII), cuando éste cuente con información comparativa suficiente y cuya tasa imponible no corresponda a cada contribuyente, sino que sea el promedio simple de los rangos de utilidad tributaria de cada industria o negocio.

Esta opción liberará a las pymes de su obligación de llevar contabilidad. El SII les realizará una propuesta con los datos de cada contribuyente que éste puede aceptar, complementar o modificar. «En caso de conflicto entre el contribuyente y el SII, en la propuesta del Servicio basada en datos particulares, el contribuyente pyme no tendrá otra opción de defensa que llevar contabilidad completa, lo que es un detrimento en relación con régimen de renta simplificado», indica un documento de análisis comparado que realizó el abogado tributario, Carlos Boada.

Por esta razón, la Conapyme solicitó al ministro de Hacienda, Felipe Larraín una reunión para conversar acerca de las medidas tributarias que afectan a los microempresarios.

Iván Cifuentes: «El nuevo proyecto tributario beneficiaría a empresas de cualquier tamaño y a personas naturales»

A lo largo de los procesos de gestión empresarial se llega un punto en que la optimización de la carga impositiva es un imperativo para la administración de la empresa y la rentabilidad del negocio. Además, no solo es importante conocer las sanciones sino cuándo se producen. 

Al respecto, Iván Cifuentes Concha, perito judicial tributario y socio de Cifneg Consultores Ltda. (www.cifneg.cl), en entrevista con Economía y Negocios de El Mercurio online, enfatizó que «todos estamos involucrados en estos cambios del sistema tributario. Por lo tanto, es indispensable adecuar las labores contables, tributarias y financieras para estar acorde a los requerimientos exigidos». También recordó «que cada declaración efectuada por un contribuyente tiene el carácter de declaración jurada, por ello hay que tener presente su connotación y efecto».

Si una empresa no cumple ¿cuáles son los riesgos?

Se expone a sanciones establecidas en el Código Tributario, las que se aplican para la empresa y sus representantes, incluso para los accionistas y/o socios. Las penas son las mismas para grandes, medianas y pequeñas empresas.

La nueva ley tributaria, ¿cómo podría beneficiar a una empresa?

En Cifneg creemos que este proyecto beneficiaría a empresas de cualquier tamaño y a las personas naturales. Por eso los contribuyentes deben organizar sus procesos para dar cumplimiento a ella. Puede ser generando departamentos de contraloría tributaria internos o externalizando estos servicios con profesionales de experiencia comprobada en el mercado.

La migración total a la era digital de los procesos contables y tributarios, ¿para quiénes será un beneficio?

Para el contribuyente final, quien muchas veces confía en su contador y cree estar al día, en circunstancias, que puede estar lleno de contingencias. Esto obligará a los contribuyentes a darle más importancia a la contabilidad como una herramienta clave para la toma de decisiones. Así también, el SII debiera ver beneficiada su actividad fiscalizadora, razón por la cual contar con profesionales de experiencia en materias contables, de auditoria y tributaria, será vital para afrontar el número de futuras fiscalizaciones.

¿Cómo Cifneg apoya a sus clientes ante las modificaciones tributarias que se vienen?

Por más de 18 años hemos entregado un trabajo serio, profesional y dedicado. Mantenemos una comunicación fluida con los clientes, para buscar mejores soluciones y gestión de sus asuntos. Nuestro equipo multidisciplinario lleva meses capacitándose en esta normativa regulatoria y revisando los entes emisores involucrados en ella. Acompañamos a las empresas y personas naturales en todas las etapas, defendiéndolos en instancias administrativas o judiciales; además de interactuar por ellos ante el organismo rector (SII), en la interpretación tributaria.

¿Cómo se verá implicado en la reforma un ciudadano común o una Pyme?

Existen importantes incentivos. Por ejemplo, los destinados al fortalecimiento de los derechos del contribuyente, otros para la construcción, cuyo beneficiario final debiese ser el ciudadano. En el caso de las Pymes también tiene contemplados algunos puntos que las benefician directamente.

Revisa la entrevista completa aquí.

Ya corre el nuevo salario mínimo, de $276.000 a $288.000 en la primera etapa

El 24 de septiembre de 2018, el Diario Oficial publicó la Ley Nº 21.112 que modifica el ingreso mínimo mensual para trabajadores de 18 años de edad y menores de 65 años.

El aumento total del salario mínimo se hará en dos partes. El primero se hizo el 1 de septiembre, con $288.000 y la segunda fracción, se hará en marzo de 2019. Con estas alzas el monto total quedará en $301.000.

Asimismo, se hará un reajuste contingente de acuerdo al crecimiento de la economía. Entrará en vigencia el 1 de marzo de 2020. Este este sería una indexación de un 2,5% sobre la inflación acumulada desde el 1 de marzo de 2019 hasta el 29 de febrero de 2020, en caso de ser mayor al 4%. Esto aplicaría para los trabajadores mayores de 18 años hasta los 65 años.

De ser mayor al 4% el promedio rango de la proyección de crecimiento superior al 4% según el IPOM (Informe de Política Monetaria) se aplicaría la siguiente fórmula: 2,5% + (X%-4%) sobre el IPC, donde X% es el crecimiento del PIB en el lapso anual del promedio rango establecido.

El salario mínimo para trabajadores menores de 18 y mayores de 65 años será de $214.999 en septiembre de 2019. En marzo llegará a $224.704, con su respectivo reajuste en el 2020.

También se reajustará el sueldo para los trabajadores con fines no remuneracionales en dos partes. Primero aumentará a $185.778 en septiembre de este año para luego en marzo de 2019 quedar finalemente en $194.164 . Luego de esto, le corresponde al Presidente de la República hacer una nueva propuesta de reajuste de ingreso mínimo mensual.

Asignación familiar, maternal y subsidio familiar

La ley contempla el reajuste a la asignación familiar, maternal y del subsidio familiar para las personas de escasos recursos. Esto reemplaza el artículo 1° de la Ley Nº 18.987, el cual establece que los beneficios y los puntos de corte para acceder a la asignación familiar aumentarán en el mismo porcentaje de variación fijado para el reajuste del ingreso mínimo mensual.

Sernac podrá preparar dictámenes de futuras leyes de protección al consumidor

El 13 de septiembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.081, sobre protección de los derechos de los consumidores. Este cambio fortalece el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y entrará en vigencia el 13 de marzo de 2019.

Esta ley otorga al Sernac el beneficio de fiscalizar, interpretar y recomendar a empresas y similares. Así, incide en el desarrollo de nuevos dictámenes y asesora a los diversos entes gubernamentales en la modernización de los deberes y derechos que regirán las regularizaciones para los consumidores.

Al momento de fiscalizar, podrá asegurarse de supervisar al órgano administrativo para que cumpla con las leyes. Asimismo, crear un plan de organización público para que los proveedores puedan seguir los pasos a cumplir.

El Sernac interpreta la información, por medio de la subdirección respectiva. Con ello podrá establecer los parámetros que ejecutarán los proveedores al momento de realizar el plan de organización.

Al recomendar, el Sernac podrá proponer la modificación, creación o derogación de distintos reglamentos relacionados a la Ley de Derechos del Consumidor. La norma entrará en vigencia seis meses después de su publicación en el Diario Oficial, o sea el 13 de marzo de 2019.

Otros aspectos que se modificarán

También aumenta de manera significativa las multas contempladas por infracción a la ley sobre protección a los derechos de los consumidores. Por ejemplo, respecto a publicidad engañosa, puede llegar hasta 1.500 UTM y en caso de afectación de la salud, seguridad o medio ambiente, hasta 2.250 UTM.

Otro aspecto es el fortalecimiento de las Asociaciones de Consumidores. Estas podrán representar a los consumidores en procedimientos individuales y ser denunciantes en los procedimientos colectivos voluntarios que se lleven ante el Sernac.

En las demandas colectivas el juez podrá invertir la carga de la prueba a las empresas que no entregan antecedentes claves en el juicio. Además, las indemnizaciones a los consumidores podrán aumentar en un 25% cuando existan agravantes de la ley.